Mié 4 nov · 14:00
Casas, terrenos, campos y vehículos que se rematan por orden de un juzgado. Acá tenés los remates judiciales abiertos y lo que conviene saber antes de ofertar.
Mié 4 nov · 14:00
Jue 5 nov · 14:00
Mar 10 nov · 14:00
Mar 10 nov · 14:30

Es la venta en subasta pública de un bien ordenada por un juzgado, en general dentro de un juicio para cobrar una deuda o para dividir un patrimonio. El bien puede ser una casa, un terreno, un campo, un vehículo o maquinaria.
No hay que confundirlo con el remate extrajudicial, que también ejecuta una deuda pero sin pasar por un juzgado (por ejemplo, los que hacen la ANV o un banco al ejecutar una hipoteca), ni con el remate particular, en el que el dueño decide vender.
Es el aviso oficial del remate: indica el juzgado y el expediente, qué se vende, la base (o si es sin base), el día, la hora y el lugar, y las condiciones de pago. Se publica en el Diario Oficial y lo difunde el rematador.
El edicto o el rematador informan los días de exhibición. El bien se vende en el estado en que se encuentra, así que conviene verlo antes y, si es un inmueble, averiguar si está ocupado.
El remate lo conduce un rematador designado por el juzgado. Si tu oferta es la más alta, en el acto pagás la seña y la comisión que fija el edicto.
El remate queda sujeto a lo que resuelva el juzgado. Una vez aprobado, se paga el saldo en el plazo que indique el edicto y se escritura o se transfiere el bien a tu nombre.
En general, cualquier persona o empresa que pueda contratar. Las condiciones particulares de cada remate (por ejemplo, si se exige un depósito previo) figuran en el edicto.
La seña y la comisión del rematador que fija el edicto de ese remate. El saldo se paga después, cuando el juzgado aprueba el remate. Cada edicto puede fijar montos y plazos distintos, así que leelo antes de ofertar.
Que no hay un precio mínimo: el bien se adjudica a la mejor oferta. Cuando hay base, las ofertas por debajo de ese valor no se aceptan.
Depende del bien y de lo que diga el edicto. Antes de ofertar, conviene averiguar qué deudas tiene y cuáles quedarían a tu cargo.
El edicto se publica en el Diario Oficial y, en general, también lo difunde el rematador designado. En Rematu reunimos los remates que publican las casas rematadoras, con el enlace a la fuente de cada uno.
No. Rematu publica los remates de cada casa rematadora y enlaza a su ficha. Las condiciones y cualquier consulta sobre un remate las responde el rematador que lo conduce.
¿Buscás otros remates? Mirá la agenda completa o filtrá por departamento.
Los remates de la ANV o de un banco que ejecuta una hipoteca no pasan por un juzgado: son extrajudiciales.